jueves, 29 de abril de 2010

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SFC


PROFUNDIZACION SFC
ESTABLECIMIENTOS DE CREDITO

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ENTIDADES DE FOMENTO

FALTAS, MEDIDAS, DEBERES Y SANCIONES

El SENA, como la entidad educativa mas reconocida y prestigiosa en el país por el alto nivel de profesionalismo con el que certifica a sus aprendices, ha establecido unas pautas necesarias y obligatorias a nivel de comportamiento académico y disciplinario de sus estudiantes, esto con el fin de mejorar en primera instancia el ambiente estudiantil y garantizar que sus egresados sean aptos para hacer parte de cualquier empresa y al cual le puedan sobre caer obligaciones y responsabilidades de cualquier índole por que de igual manera va a poder sobrellevarlos.

Entre estas faltas sancionatorias se encuentran las académicas en donde se incluye el compromiso del estudiante, el desarrollo del aprendizaje, el incumplimiento del manual de convivencia entre otras. Las sanciones disciplinarias se clasifican por leves, graves y gravísimas esto según el daño causado, la actuación del aprendiz, el comportamiento académico, entre otras, teniendo en cuenta esto si la falta es tipificada debe denunciarse por el trabajador publico.

Las medidas formativas que se aplican al aprendiz en estos casos son el llamado de atención verbal, el plan de mejoramiento académico y el plan de mejoramiento disciplinario de igual manera según la falta cometida se debe informar a la empresa.

Las sanciones establecidas son el llamado de atención escrito con copia a la hoja de vida, el condicionamiento académico según la gravedad de la falta, después de 2 llamados de atención escritos, el incumplimiento de las obligaciones académicas máximo de 30% total, y por ultimo, la cancelación de la matricula si el estudiante abusa de la integridad física de los demás aprendices robando, amenazando, siendo cómplice de otro, con la destrucción de elementos que hagan parte de la comunidad SENA.

Para la aplicación de estas sanciones se han establecido unos principios rectores en donde el aprendiz tiene derecho de ser informado, puede presentar descargos, puede declararse inocente de lo que se le acuse, se debe valorar las pruebas de manera integral, motivarlo a decir la verdad, que se le aplique sanción según la falta cometida y por ultimo presentar una contrademanda para su defensa.

El procedimiento para la aplicación de estas sanciones inicia con la queja al coordinador académico de cualquier persona que tenga conocimiento de la falta de manera escrita y con unos parámetros establecidos para hacerla completamente valida, esto conlleva a reunir al comité de evaluación y seguimiento el cual se reúne una vez por trimestre y establece el grado de la falta y aplica las debidas sanciones o correcciones a la situación.